1.INTRODUCCIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO
2.ANÁLISIS DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL ENTORNO
EL ENTORNO: Población
Características socioeconómicas
Aspectos socioculturales
EL CENTRO: Instalaciones
Profesorado
Alumnado
Padres/Tutores legales
3.PRINCIPIOS BÁSICOS: SEÑAS DE IDENTIDAD
4.NECESIDADES EDUCATIVAS QUE EL CENTRO DEBE SATISFACER.
5.ESTRUCTURA ORGANIZATIVA:
CONSEJO ESCOLAR
EQUIPO DIRECTIVO
CLAUSTRO
COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA
EQUIPOS DOCENTES
EQUIPO PSICOPEDAGÓGICO
6.MEDIOS PREVISTOS PARA FOMENTAR EL CONOCIMIENTO Y LA DIFUSIÓN, ENTRE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA, DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y LA EFECTIVA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
7.MEDIDAS DE COORDINACIÓN CON OTRAS ETAPAS ANTERIORES Y POSTERIORES.
8.DECISIONES SOBRE LA COORDINACIÓN CON LOS SERVICIOS SOCIALES Y EDUCATIVOS DEL MUNICIPIO Y LAS RELACIONES PREVISTAS CON OTRAS INSTITUCIONES PARA LA MEJOR CONSECUCIÓN DE LOS FINES ESTABLECIDOS.
9.LOS COMPROMISOS Y CRITERIOS PARA LA FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS ENTRE EL CENTRO Y LAS FAMILIAS.
10.DIRECTRICES PARA EL FOMENTO DE LA IGUALDAD REAL Y EFECTIVA ENTRE HOMBRES Y MUJERES.
11.ELEMENTOS MÁS SIGNIFICATIVOS DEL PROYECTO DE LA SECCIÓN BILINGÜE (INGLÉS).
12.PROPUESTA CURRICULAR.
13.PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL.
14.REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR.
15.PLAN DE CONVIVENCIA.
16.PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD
17.PLAN DE LECTURA
18.PLAN DE EVALUACIÓN DEL PROCESO DE ENSEÑANZA Y DE LA PRÁCTICA DOCENTE
19.PROGRAMA RELEO.
20.SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL P.E.C
21.APROBACIÓN DEL P.E.C
El Proyecto Educativo es un documento elaborado por y para la Comunidad Educativa, se ha basado en el marco legal vigente y tiene como objetivo dar respuesta a las situaciones concretas del Centro marcando las directrices propias de su gestión, es decir, dotar al Centro de una identidad y autonomía.
TITULARIDAD: Junta de Castilla y León
NIVELES EDUCATIVOS: Educación Infantil (2º ciclo) y Educación Primaria.
TIPO DE CENTRO: Centro Rural Agrupado (C.R.A.)
SEDE DEL CENTRO: c/ Alejandro Rabadán, s/n 05290 Sanchidrián (Ávila)
HORARIO: De 9,30 a 14,30 h. (LECTIVO)
De 15,00 a 18,00 h. según el Proyecto de Modificación de Jornada (ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y COMPLEMENTARIAS)
De 15,15 a 17,15 h. (REUNIONES DEL PROFESORADO – Miércoles)
Nº UNIDADES, CURSOS, ALUMNOS: Se concretarán cada año en la Programación General Anual y en el Documento de Organización del Centro.
PROFESORADO: La plantilla del colegio depende de la Consejería de Educación y Cultura, es variable cada año en función de las necesidades del Centro. La distribución de las unidades en cada localidad se establece dependiendo del nº de alumnos y características del alumnado.
Existen en el Centro profesor de Pedagogía Terapéutica (P.T.) y de Audición y Lenguaje (A.L.). También hay un profesor/a de Religión.
EQUIPO PSICOPEDAGÓGICO: El Centro cuenta con el apoyo de personal especializado, perteneciente al equipo de Arévalo
C.F.I.E.: El centro pertenece al ámbito del Centro de Formación e Innovación Educativa de Ávila.
I.E.S.: El alumnado del Centro está adscrito a diferentes Centros de Secundaria según la localidad:
Maello – I.E.S. “Jorge Santayana” (Ávila)
Sanchidrián, Pajares de Adaja y Adanero– I.E.S. “Eulogio Florentino Sanz” e
I.E.S. “Adaja” (Arévalo)
2.- ANÁLISIS DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL ENTORNO
EL ENTORNO
El C.R.A. Tomás Luís de Victoria está formado por las aulas de las localidades de Adanero, Maello, Pajares de Adaja y Sanchidrián. siendo muy diferentes las características de cada una de ellas.
Las localidades que abarca el ámbito del C.R.A. están situadas en la zona Noreste de la provincia de Ávila, en la zona llamada “Comarca de Tierra de Arévalo-Moraña Baja”.
El clima es continental extremado con inviernos largos y veranos cortos.
Todos los pueblos tienen buen acceso entre ellos y a la capital a través de carretera.
POBLACIÓN.
La población en los últimos años ha disminuido notablemente, debido a la emigración (hacia las grandes ciudades) y a la baja natalidad, produciéndose un envejecimiento de la misma. Al mismo tiempo se ha producido un aumento del número de inmigrantes llegados a las diversas localidades del C.R.A.
Los pueblos son pequeños. Su población está comprendida entre 150 y 850 habitantes.
CARACTERÍSTICAS SOCIOECONÓMICAS.
La economía está basada en la agricultura, ganadería y servicios (construcción).
Existen pequeñas industrias y talleres familiares.
La juventud tiene dificultades en su incorporación al trabajo en su propia localidad.
Las viviendas suelen ser unifamiliares, de una o dos plantas. Su calidad y estado de conservación es buena.
ASPECTOS SOCIOCULTURALES.
Bajo número de asociaciones culturales. Las actividades culturales son promovidas por los ayuntamientos y las asociaciones de Amas de casa. Algunas localidades no cuentan con locales para la realización de dichas actividades. El Centro facilita sus aulas para ello.
Los alumnos del Centro participan en las actividades que organiza la Diputación Provincial: Cursos, Juegos Escolares, Natación ...
El Centro aprovecha las instalaciones de los ayuntamientos: polideportivos, frontones, salones de actos, etc.
EL CENTRO
Instalaciones.
El Centro cuenta con 5 edificios, uno por localidad y 2 en Sanchidrián. Su mantenimiento y la limpieza corren a cargo de los ayuntamientos.
Adanero: 3 aulas, 3 servicios, 1 patio y 2 pequeños patios interiores.
Maello: 3 aulas, 1 aula para desdobles, 1 biblioteca, 1 despacho, 3 servicios, 1 patio y 1 almacén.
Pajares de Adaja: 1 aula, 1 aula para desdobles, 2 servicios y 1 patio.
Sanchidrián: 5 aulas, 1 aula para informática, aseos de niños, niñas y para personas con movilidad reducida, aseos para profesores y profesoras, espacio cubierto para Ed. Física y usos múltiples, despachos de dirección y secretaría, sala de profesores, sala para biblioteca, sala de reuniones, almacén, porche cubierto y patio de recreo.
Profesorado.
El Centro tiene una plantilla de profesores que es variable en función de las necesidades de cada curso; está formada por profesores tutores y profesores itinerantes.
Los profesores tutores se encargan de cada grupo de alumnos de las distintas unidades del C.R.A. Estos profesores generalmente pasan toda la jornada lectiva en las aulas donde están asignados e imparten las áreas de Lengua, Matemáticas, Conocimiento del medio, Ed. Artística, así como de todas las funciones relacionadas con la acción tutorial.
Los profesores itinerantes imparten las áreas de Inglés, Ed. Física, Música, Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje. Se desplazan a las distintas localidades según el horario fijado.
El Centro tiene también con un profesor itinerante de Religión.
El Centro cuenta con el apoyo del Equipo Psicopedagógico, con personal especializado, que se encarga del diagnóstico y seguimiento de los alumnos con necesidades educativas especiales.
Alumnado.
El Centro acoge alumnos desde 3 años hasta 12 años.
El absentismo escolar es bajo y la puntualidad en general es buena. Hay algunos pequeños problemas con el alumnado inmigrante.
Los alumnos participan mayoritariamente en las actividades extraescolares y complementarias programadas por el Centro.
Padres/Tutores legales
El nivel de participación de los padres y/o tutores legales es alto, tanto en las reuniones trimestrales con los tutores, consejos escolares, colaboración en actividades, etc.
3.- PRINCIPIOS BÁSICOS: SEÑAS DE IDENTIDAD.
1. Se fomentará la integración de nuestra escuela en el medio y en la realidad en que está inmersa, para que sea un elemento vivo abierto a sus necesidades y demandas.
· Acercar la escuela a la realidad en la que vive el alumnado.
· Promover el contacto con el entorno escolar, así como su cuidado y conservación.
2. Se creará un clima acogedor y confortable tanto en las relaciones interpersonales como en los aspectos físicos, que sirva de estímulo a los alumnos.
· Promover un clima de acogida y afecto entre los alumnos.
· Potenciar actividades colectivas que fomenten las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa.
· Conseguir que las instalaciones, así como su limpieza, sean adecuadas y contribuir a su mantenimiento.
· Detectar cada curso las necesidades de infraestructura y mantenimiento del centro y elevar las peticiones a las instituciones responsables.
· Procurar que la comunicación del Centro, tanto interna como con las familias e instituciones, sea eficaz y fluida.
3. Se tendrán en cuenta los intereses de los alumnos y se fomentarán los valores de la superación personal, el esfuerzo y el gusto por el trabajo bien hecho.
· Tener en cuenta las opiniones e intereses de la comunidad educativa.
· Favorecer la capacidad de superación personal, sin competitividad.
· Favorecer el trabajo, tanto individual como en grupo, que permita una formación integral, una actitud favorable hacia el trabajo y una valoración positiva de sí mismo y de los demás.
4. Se potenciará la participación activa y democrática de toda la comunidad educativa, fomentando la libertad de expresión y la toma de acuerdos por consenso.
· Potenciar la participación real y efectiva de todos los miembros que componen la comunidad educativa, por medio de sus representantes.
· Favorecer la toma de acuerdos por consenso.
· Resolver los conflictos por medio del diálogo.
· Potenciar la gestión democrática en todos los ámbitos escolares.
5. Se desarrollará una formación integral, tanto intelectual como físico y afectivo-social, impulsando valores como: respeto, responsabilidad, tolerancia, solidaridad, honestidad, cumplimiento de deber, espíritu crítico, amistad, vida sana, etc.
· Favorecer el desarrollo de una educación integral: razonamiento, desarrollo físico, afectividad, sensibilidad, autoestima, actitud crítica, respeto, aspectos relacionales, etc.
· Impulsar el desarrollo integral y armónico del cuerpo, favorecer la práctica del ejercicio físico, hábitos de higiene y alimentación...
· Educar al alumnado en la responsabilidad personal de sus actos y en la corresponsabilidad en las tareas colectivas.
· Enseñar a aplicar todos los conocimientos adquiridos en la resolución de problemas que se le pueden plantear, de forma autónoma y creativa.
· Potenciar hábitos de conducta positivos, educar en tolerancia, practicar el respeto a las distintas opiniones y a la diversidad, fomentar actitudes solidarias básicas para la paz y la no violencia, el desarrollo de la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.
· Orientar la ocupación del tiempo libre y actividades de ocio de forma positiva y creativa.
6. Se facilitará la integración de todos sus miembros en un proyecto común, mediante el desarrollo de actitudes de colaboración y de respeto a la diversidad.
· Educar en actitudes de colaboración que favorezcan la integración de todos: alumnado nuevo, alumnos con necesidades educativas especiales, familias de diferentes niveles socioeconómicos, profesorado...
· Potenciar los aspectos de enriquecimiento que aportan otras culturas.
· Incidir positivamente en la igualdad de hombres y mujeres.
· Establecer los cauces para que todos los miembros de la comunidad educativa conozcan y asuman el proyecto educativo.
7. Se fomentará la formación del profesorado.
· Facilitar la participación del profesorado en actividades de formación, creando los cauces de coordinación necesarios con el C.F.I.E.
8. Se creará el marco adecuado para la evaluación de la enseñanza y el aprendizaje y generar los mecanismos de corrección oportunos.
· Crear estructuras adecuadas de evaluación de forma periódica y sistemática.
· Generar los mecanismos de corrección necesarios.
4.- NECESIDADES EDUCATIVAS QUE EL CENTRO DEBE SATISFACER.
Nuestro centro debe atender las necesidades de escolarización de todos los niños/as de las diversas localidades que lo integran:
2º ciclo de Educación Infantil (3 a 6 años)
Educación Primaria (6 cursos)
Al mismo tiempo debemos prestar especial interés en la atención a la diversidad del alumnado, en la prevención de las dificultades de aprendizaje y en la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo.
Se prestará especial atención a aquellos alumnos que se incorporen a la Sección bilingüe sin haber cursado anteriormente las áreas curriculares de dicha Sección (repetidores, acnees, incorporaciones tardías…)
El centro deberá potenciar los programas de prevención del absentismo y fomentar la asistencia cotidiana del alumnado.
La atención individualizada a todos los niños y niñas nos permitirá proporcionarles una educación que les permita afianzar su desarrollo personal y su propio bienestar, así como desarrollar las habilidades sociales y los hábitos de estudio y trabajo.
En la Programación General Anual y en D.O.C. se recogerán para cada curso escolar las propuestas de actuación que nos permitan satisfacer las demandas que el alumnado de nuestro centro exige: La distribución de grupos y tutorías en las diferentes localidades, la atención por parte del profesorado de P.T. y Audición y Lenguaje, los apoyos y refuerzos que el conjunto del profesorado del centro debe prestar, las demandas que el Equipo Psicopedagógico debe atender (diagnóstico, seguimiento y evaluación, medidas adoptadas…), la distribución horaria de todo el conjunto de profesores del centro (tutores y especialistas itinerantes), la gestión del Equipo Directivo que permita la participación de toda la comunidad educativa en la corresponsabilidad en la educación.
5.- ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
En este apartado se pretende dar una visión global de la estructura organizativa del Centro, órganos que lo componen así como las relaciones entre ellos, sin entrar en la descripción, competencias, etc. recogidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo, de Educación modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de Diciembre, para la mejora de la calidad educativa, y en el Decreto 51/2007, de 17 de Mayo, (BOCyL de 23 de Mayo), de la Consejería de Educación, modificado por el Decreto 23/2014, de 12 de Junio (BOCyL de 13 de Junio), de la Consejería de Educación, en su Disposición final Primera.
La coordinación de los distintos órganos unipersonales o colegiados del centro se establece, para cada curso, en la PGA, fijándose el calendario anual para las distintas reuniones de los mismos:
CONSEJO ESCOLAR.
*Ley Orgánica 2/2006 de 3 de Mayo, de Educación (artículos 126 y 127).
*LOMCE: El artículo 127 – competencias- ha sido modificado en el articulo Único punto ochenta.
*Decreto 23/2014 (Las competencias del Consejo son ampliadas en la Disposición Final punto dos).
Es el Órgano de participación de los miembros de la Comunidad Escolar.
En el consejo Escolar existe una Comisión de Convivencia constituida por el Director, el Jefe de Estudios, dos profesores y dos padres elegidos por cada uno de los sectores.
El Director designará, entre los miembros del Claustro, un coordinador de convivencia, el cual participará en la Comisión de Convivencia.
Las competencias de esta Comisión serán las especificadas en la legislación vigente y en el Reglamento de Régimen Interno.
Se podrá constituir, si el Consejo lo estima conveniente, una Comisión Económica integrada por el Director, el Secretario, un profesor yun padre de alumnos elegidos por cada uno de los sectores, así como el representante de los Ayuntamientos del ámbito del C.R.A.
Las competencias de esta Comisión serán establecidas por el propio Consejo.
EQUIPO DIRECTIVO.
*LOE (Capítulo IV Artículos 131 al 139 –ambos inclusive).
*LOMCE (ha modificado los artículos 132, 133, 134, 135 y 136 en su artículo Único puntos ochenta y uno, ochenta y dos, ochenta y tres, ochenta y cuatro y ochenta y cinco respectivamente).
*El Decreto 23/2014 en su Disposición Final punto cuatro modifica las competencias del Director del centro).
*Reglamento de Régimen Interno.
Está formado por el Director, el Jefe de Estudios y el Secretario.
CLAUSTRO.
*LOE (Artículos 128 y 129)
* El Decreto 23/2014 en su Disposición Final punto tres modifica las competencias del Claustro. Este Decreto también se refiere al Claustro en su artículo 5).
Es el órgano propio de la participación del profesorado en el gobierno del Centro. Está presidido por el Director y está formado por la totalidad de los maestros que prestan servicio en el Centro.
COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA.
*Orden EDU/519/2014 (Artículos 46 y 49).
En el claustro se constituirá la Comisión de Coordinación Pedagógica, formada por el Director, el Jefe de Estudios, el coordinador de Educación infantil, los Coordinadores Docentes Internivel, el Coordinador de convivencia, el Coordinador de la Sección Bilingüe y el Orientador del Equipo Psicopedagógico.
Esta comisión se reunirá una vez al mes.
El Jefe de Estudios será el coordinador de la Comisión.
TUTORES
*Orden EDU/519/2014 (CAPÍTULO III Sección 1º.- Acción tutorial, Artículos 20 y 21).
Cada grupo de alumnos tendrá un tutor que será designado por el director a propuesta del jefe de estudios.
Los tutores serán coordinados por el jefe de estudios manteniendo las reuniones que sean precisas, con la finalidad de que la acción tutorial se desarrolle en las condiciones adecuadas.
RESPONSABLES.
Cada curso escolar se podrán asignar responsables de Nuevas Tecnologías, Audiovisuales, Biblioteca, actividades extraescolares, etc. definiendo sus funciones en el Reglamento de Régimen Interno y concretando sus objetivos en la P.G.A.
EQUIPOS DOCENTES DE NIVEL
*Orden EDU/519/2014 (Artículos 46 y 47).
Agrupan a todos los maestros que imparten docencia en un mismo curso.
Los equipos docentes de nivel se forman cada curso de acuerdo con las características de cada aula, niveles, nº de alumnos, cursos... que imparte cada tutor. Los maestros sin tutoría se adscribirán a uno de los equipos docentes valorando su aportación a ese grupo, así como las necesidades en función del trabajo propuesto para ese curso.
También habrá un equipo docente de Educación infantil que agrupará al profesorado tutor de esta etapa y a otros profesores que intervengan en la misma.
Cada Equipo docente de nivel estará dirigido por un coordinador que será designado por el Director, una vez oído dicho equipo.
EQUIPOS DOCENTES INTERNIVEL.
*Orden EDU/519/2014 (Artículos 46 y 48).
Está formado por los coordinadores de los Equipos docentes de nivel. En los centros docentes habrá dos Equipos docentes internivel. Cada uno tendrá su coordinador que será designado por el Director entre los miembros del equipo una vez oídos los mismos.
Coordinadores de los Equipos docentes de nivel de 1º, 2º y 3º curso de Ed. Primaria Coordinadores de los Equipos docentes de nivel de 4º, 5º y 6º curso de Ed. Primaria |
Los Coordinadores docentes internivel forman parte de la Comisión de Coordinación Pedagógica.
EQUIPO PSICOPEDAGÓGICO (E.O.E.)
El E.O.E. trabaja dentro de un modelo de intervención en el que el asesoramiento implica la colaboración entre Equipo Directivo, tutores, profesorado de apoyo, Técnico de servicios a la Comunidad y Orientador.
FUNCIONES:
* Atender las demandas de evaluación psicopedagógica de los alumnos con necesidades educativas especiales y su seguimiento.
* Prevención y detección de dificultades de aprendizaje en Ed. Infantil.
* Asesoramiento en el diseño y desarrollo de la acción tutorial y de la orientación académica.
* Atender las demandas de los alumnos con necesidad de Compensación educativa.
* Colaboración en los procesos de elaboración, desarrollo, evaluación y revisión del Proyecto Educativo y de los distintos Planes del centro.
El Orientador del E.O.E. forma parte de la Comisión de Coordinación Pedagógica.
6.- MEDIOS PREVISTOS PARA FOMENTAR EL CONOCIMIENTO Y LA DIFUSIÓN, ENTRE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA, DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y LA EFECTIVA INCLUSIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
*Decreto 23/2014, de 12 de junio, por el que se establece el marco de gobierno y autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León. Artículo 11 punto 5.
Garantizar el derecho a una educación de calidad, preservando la equidad e igualdad de oportunidades, así como conseguir la efectiva inclusión de las personas con discapacidad, son dos de los principios generales en las actuaciones de los centros docentes públicos.
Los medios previstos para fomentar el conocimiento y la difusión de estos principios generales, entre todos los sectores de la comunidad educativa, son:
1º) La acción tutorial. Los tutores en sus reuniones individuales y con el conjunto de los padres informarán a los mismos de todo aquello que les concierne en relación con las actividades docentes, el rendimiento académico y las posibilidades que el centro ofrece para conseguir la efectiva igualdad de oportunidades y la inclusión de las personas con discapacidad.
2º) El Equipo directivo impulsará la adopción de medidas encaminadas a conseguir esos principios.
Se adoptarán medidas tales como:
a) Adaptación del currículo para que todos los niños/as adquieran y desarrollen estrategias que les permitan resolver problemas de la vida cotidiana y alcancen las competencias establecidas para la etapa.
b) Adecuación de la infraestructura del centro (acceso al mismo y a las distintas dependencias, mobiliario y equipamiento adaptado a las necesidades de las personas con discapacidad, distribución de espacios para determinadas actividades…), para posibilitar a todos los niños la realización de actividades de la manera más independiente posible.
c) Coordinación del profesorado. Tanto los profesores del grupo como los profesores de apoyo especializado actuarán de forma coordinada, transmitiendo la información necesaria sobre el proceso de enseñanza-aprendizaje de los alumnos y conseguir la efectiva inclusión de los mismos.
d) Formación del profesorado. Se favorecerá, en la medida de lo posible, la formación y capacitación del profesorado para enfrentarse a los retos y cambios que la discapacidad nos plantea.
e) Coordinación con la familia, los servicios sociales y los servicios médicos para que todos puedan hacer aportaciones a los otros y conseguir una mejor normalización en el proceso de inclusión.
7º.- MEDIDAS DE COORDINACIÓN CON OTRAS ETAPAS ANTERIORES Y POSTERIORES.
Legislación básica:
*Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria (Artículo 8 punto 6).
*Orden EDU/519/2014, de 17 de junio, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación primaria en la Comunidad de Castilla y León (Artículo 12 punto 6)
*Decreto 122/2007, de 27 de Diciembre, por el que se establece el currículo del segundo ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad de Castilla y León (artículo 9).
*Orden EDU/721/2008, de 5 de Mayo, por la que se regula la implantación, el desarrollo y la evaluación del segundo ciclo de la educación infantil en la Comunidad de Castilla y León (artículos 14.8, 14.9 y 17).
*Resoluciones sobre las actuaciones al inicio de cada curso escolar.
Medidas de coordinación entre las diferentes etapas:
*Educación Infantil/Educación Primaria
Por las características propias de nuestro C.R.A. la coordinación entre el profesorado que imparte estas dos Etapas se establece con bastante frecuencia (reuniones de equipos docentes, preparación de actividades extraescolares, etc.).
En la localidad con un único aula (unitaria) es la misma persona quien imparte ambas etapas.
En las localidades con dos aulas suele coincidir que es el mismo profesor quien imparte el 2º ciclo de Educación Infantil y 1º y 2º cursos de Educación Primaria.
En las localidades de mayor número de aulas donde cada etapa es impartida por un maestro diferente, la coordinación se realiza:
-al comienzo del curso cuando se establecen las tutorías,
-en la elaboración de la P.G.A.,
-en cada sesión de evaluación donde se especifica lo que se está trabajando y el nivel alcanzado por cada alumno,
-de manera informal, en el contacto diario entre maestros (recreos, clases conjuntas, encuentros, etc.).
Los expedientes personales de cada alumno guardados en la Secretaría del centro contienen la documentación pertinente sobre los datos personales y familiares y sobre la evaluación de cada alumno.
Dichos expedientes están a disposición de los profesores tutores y/o especialistas que pueden consultarlos cuando lo estimen conveniente, quedando a salvo la confidencialidad de los mismos. A tal fin los profesores tutores son los encargados de la correcta cumplimentación de los documentos establecidos por la legislación vigente o por el propio centro y de su depósito en el archivador que contiene los expedientes personales de los alumnos matriculados en el centro.
*Educación Primaria/Educación Secundaria Obligatoria
Como medidas de coordinación entre ambas etapas se mantendrán reuniones con los padres/madres/tutores legales de los alumnos de 6º de E. Primaria para informarles de todos aquellos aspectos relacionados con la incorporación de estos alumnos a la etapa de la Educación Secundaria.
También se intentará el acercamiento del alumnado adscrito, mediante la realización de visitas concertadas para que los padres y alumnos conozcan las instalaciones y equipa- miento de los I.E.S. en los que desean matricularse.
La Instrucción de 1 de julio de 2014, de la Dirección General de Política Educativa Escolar por la que se unifican las actuaciones de los centros docentes no universitarios de Castilla y León correspondientes al inicio del curso escolar 2014/2015, dispone en su punto Undécimo. 3:
"La coordinación referida al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo incluirá una reunión entre los jefes de departamentos de orientación de los institutos de educación secundaria y el orientador u orientadores de los equipos de orientación educativa que atienden a los centros de educación infantil y primaria. Esta reunión de coordinación se realizará antes del comienzo de las actividades lectivas del curso en el que se produce el cambio de etapa.
8.- DECISIONES SOBRE LA COORDINACIÓN CON LOS SERVICIOS SOCIALES Y EDUCATIVOS DEL MUNICIPIO Y LAS RELACIONES PREVISTAS CON OTRAS INSTITUCIONES PARA LA MEJOR CONSECUCIÓN DE LOS FINES ESTABLECIDOS.
Coordinación con servicios sociales y educativos del municipio
El Centro mantendrá una relación estrecha con los Ayuntamientos de las localidades, lo que se concreta en reuniones y entrevistas con los representantes de las diferentes concejalías, así como en la comunicación fluida con el/la representante del Ayuntamiento en el Consejo Escolar del Centro.
Los aspectos abordados conjuntamente son:
a) mantenimiento, conservación y seguridad de las instalaciones del Centro.
b) utilización de las dependencias escolares por los Ayuntamientos y otras entidades de acuerdo con la LOE (Disposición adicional decimoquinta 2, 6 y 7), el Real Decreto 2274/1993 y la Orden de 20 de julio de 1995.
c) programación de las actividades extraescolares en horario de tarde.
d) programación conjunta de actividades educativas destinadas a los escolares de la localidad, tales como concursos, actividades formativas ocasionales, etc.
Coordinación con guarderías
El centro mantendrá relación con las guarderías de las localidades del ámbito del C.R.A., especialmente en las incorporaciones de alumnos/as al 1º curso del segundo ciclo de la educación Infantil. El centro siempre estará abierto a recibir visitas por parte de los escolares de estos centros, de cara a facilitar su incorporación a la vida escolar.
Relaciones con otras instituciones
El centro podrá establecer relaciones con cualquier otra entidad u organismo que tenga vinculación con el mundo educativo y a las que, de manera puntual, se solicitará su colaboración para el desarrollo de determinadas actividades.
Es preceptivo incluir en el PEC los medios previstos para facilitar e impulsar la colaboración entre los distintos sectores de la Comunidad Educativa.
Relaciones con las familias
*Orden EDU/519/2014 (Artículos 20 y 21; artículo 33 punto 2)
-Con respecto a las familias, es importante mantener de forma continuada contacto con los padres, madres o tutores legales de los alumnos, puesto que ellos son los primeros responsables de la educación de sus hijos. Para facilitar e impulsar su colaboración se llevarán a cabo las siguientes medidas o actuaciones:
Reuniones: Tres reuniones como mínimo a lo largo del curso escolar, con el conjunto de padres del grupo.
En la primera reunión, al inicio de cada curso escolar, se informará sobre la composición y organización del aula, las funciones y horario del tutor, los profesores que impartirán clase en el aula, el horario general del centro y el horario del Equipo Directivo, las normas básicas recogidas en el Reglamento de Régimen Interno, los objetivos generales del curso, los criterios de evaluación y promoción, los procedimientos e instrumentos de evaluación, las actividades extraescolares y complementarias previstas, la utilidad de la página web del centro…En esta primera reunión estarán presentes los miembros del Equipo Directivo
En las otras dos reuniones será el tutor quien decida el Orden del día.
Entrevistas individuales: al menos una, donde se les informa sobre el grado de consecución de los objetivos de las diferentes áreas, las actitudes y el comportamiento de sus hijos/as. Se pretende que conozcan la evolución del proceso educativo de sus hijos; así como estimularles hacia el estudio e implicarse de manera activa en la mejora de su rendimiento y, en su caso, de su conducta.
-Coordinación con el AMPA: para llevar a cabo determinadas actividades conjuntamente, tales como la fiesta de Navidad, Carnaval, fin de curso, etc…
-Envío periódico de circulares informativas sobre aspectos generales o particulares del Centro y de su actividad educativa en general.
Los alumnos tienen derecho a participar en la vida del Centro y en su funcionamiento. Para facilitar su colaboración se llevarán a cabo las siguientes medidas o actuaciones:
*Posibilitar la manifestación respetuosa de sus opiniones, individual y colectivamente.
*Recepción de información sobre las cuestiones propias de su Centro, actividades complementarias y extraescolares y de la actividad educativa en general.
9.- LOS COMPROMISOS Y LOS CRITERIOS PARA LA FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS ENTRE EL CENTRO Y LAS FAMILIAS.
*Orden EDU/519/2014, de 17 de junio, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación primaria en la Comunidad de Castilla y León. Artículo 50.
*Decreto 23/2014, de 12 de junio, por el que se establece el marco de gobierno y autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León. Artículo 3 Punto c). Artículo 7. Artículo 8. Artículo 9.
Los criterios para el establecimiento de acuerdos entre el centro y las familias son:
a) Comprensión de las diferentes realidades familiares y de su entorno.
b) Conciencia de las dificultades que se plantean a las diferentes familias en sus relaciones con el centro:
*Distancia geográfica
*Dificultades lingüísticas
*Disponibilidad en los horarios
*Otras
c) Respecto a los compromisos propiamente dichos:
*Visión tolerante y realista
*Prever lo imprevisto
*Convicción en la mejora de las relaciones
*Responsabilidad mutua y compartida
*Control de los resultados y valoración de los mismos
Los acuerdos entre el centro y las familias se recogerán en un Acta de acuerdos y compromisos y deberán ser ratificados y firmados por el Director del centro, en representación del mismo, y por ambos padre/madre y/o tutores de los alumnos.
Dicho Acta será revisado anualmente, a propuesta del Equipo Directivo, del Claustro de Profesores o del Consejo Escolar, al inicio de cada curso lectivo, proponiéndose por estos órganos colegiados las modificaciones que se estimen oportunas.
Anexo VIII
10.- DIRECTRICES PARA EL FOMENTO DE LA IGUALDAD REAL Y EFECTIVA ENTRE HOMBRES Y MUJERES.
*Ley Orgánica 8/2013, de 9 de Diciembre, para la mejora de la calidad educativa. Artículo Único. Uno. Letra l): El desarrollo, en la escuela, de los valores que fomenten la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, así como la prevención de la violencia de género.
*Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria. Artículo 10 Punto 3: Las administraciones educativas fomentarán el desarrollo de los valores que fomenten la igualdad efectiva entre hombres y mujeres y la prevención de la violencia de género, y de los valores inherentes al principio de igualdad de trato y no discriminación por cualquier condición o circunstancia personal o social.
En nuestro centro, se tendrán en cuenta estas directrices:
a) Desde la acción tutorial se desarrollarán actividades sobre la igualdad.
b) Se aplicarán criterios de igualdad en la organización del centro.
c) Se fomentará la igualdad en todas las actividades del centro: actividades lectivas, actividades complementarias o extraescolares, juegos, deportes…
d) Se determinarán actividades específicas que fomenten la igualdad en los encuentros de todo el alumnado del CRA y en las clases conjuntas.
11.- ELEMENTOS MÁS SIGNIFICATIVOS DEL PROYECTO DE LA SECCIÓN BILINGÜE (INGLÉS).
La Sección bilingüe fue autorizada en nuestro centro por la Orden EDU/211/2010, de 17 de febrero, por la que se autoriza la creación de secciones bilingües en centros sostenidos con fondos públicos para su puesta en funcionamiento el curso 2010/2011.
Nuestro Proyecto de Sección Bilingüe fue aprobado por el Claustro de profesores por mayoría y por el Consejo escolar por unanimidad.
El idioma es inglés y las áreas que se imparten en la sección son:
Ciencias de la Naturaleza |
100% del área |
Educación artística - Plástica |
100% de la materia |
El profesorado que imparte la Sección Bilingüe tiene la acreditación de la competencia lingüística en lenguas extranjeras (inglés).
Los cursos 1º y 2º de Educación Primaria imparten, además de las dos áreas señaladas, el área de Ciencias Sociales (100%).
La incorporación de los diferentes cursos a la Sección se ha realizado de acuerdo con el siguiente calendario:
Curso 2010/2011 1º curso de Educación Primaria
Curso 2011/2012 2º curso de Educación Primaria
Curso 2012/2013 3º curso de Educación Primaria
Curso 2013/2014 4º curso de Educación Primaria
Curso 2014/2015 5º curso de Educación Primaria
Curso 2015/2016 6º curso de Educación Primaria
12.- PROPUESTA CURRICULAR.
Anexo I
13.- PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL.
Anexo II
14.- REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR.
Anexo III
15.- PLAN DE CONVIVENCIA.
Anexo IV
16.- PLAN DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD.
Anexo V
17.- PLAN DE LECTURA.
Anexo VI
18.- PLAN DE EVALUACIÓN DEL PROCESO DE ENSEÑANZA Y DE LA PRÁCTICA DOCENTE.
DIRECTRICES GENERALES PARA ELABORAR EL PLAN DE EVALUACIÓN DEL PROCESO DE ENSEÑANZA Y DE LA PRÁCTICA DOCENTE
*Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo, de Educación (artículos 142.3, 145 y 146).
*Real Decreto 82/1996, de 26 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria (artículos 53 y 54).
*Decreto 86/2002, de 4 de Julio por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los centros de Educación Obligatoria en Castilla y León (artículos 68 y 69).
*Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria (Artículo 12 punto 1 párrafo 5º).
*Orden EDU/519/2014, de 17 de junio, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación primaria en la Comunidad de Castilla y León (Artículo 28).
1º) La evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente incluirá los siguientes aspectos:
*Las programaciones didácticas incluirán los indicadores de logro referidos a
a) Resultados de la evaluación del curso en cada una de las áreas.
b) Adecuación de los materiales y recursos didácticos, y la distribución de espacios y tiempos a los métodos didácticos y pedagógicos utilizados.
c) Contribución de los métodos didácticos y pedagógicos a la mejora del clima en el aula y en el centro.
*Las medidas de individualización de la enseñanza con especial atención a las medidas de apoyo y refuerzo utilizadas.
*La coordinación entre los maestros de los diferentes equipos docentes de nivel e internivel.
2º) El Plan de evaluación del proceso de enseñanza y de la práctica docente se concretará en un documento que será diseñado y elaborado por los equipos docentes de nivel e internivel y aprobado por el Claustro de profesores.
3º) El Plan de evaluación se cumplimentará a la finalización de cada curso académico.
Anexo VII
19.- PROGRAMA RELEO.
*Resolución de 10 de Junio de 2013, de la Dirección General de Innovación Educativa y Formación del profesorado, por la que se aprueban las modalidades de extensión para el curso 3013-2014 del Programa Experimental de Reutilización Escolar de Libros Texto, “Releo”, para centros públicos de enseñanza obligatoria de la Comunidad de Castilla y León.
*Orden EDU/319/2014, de 30 de Abril, por la que se regula el Programa de reutilización de libros de texto, “RELEO”, dirigido a los centros docentes públicos dependientes de la consejería competente en materia de educación que impartan enseñanzas obligatorias en la Comunidad de Castilla y León.
*Orden EDU/355/2014, de 9 de Mayo, por la que se efectúa convocatoria para la participación en el Programa de reutilización de libros de texto “RELEO”, dirigida a los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación, que impartan enseñanzas obligatorias en la Comunidad de Castilla y León, para el curso 2014/2015.
La solicitud de participación de nuestro centro en el Programa “Releo” fue aprobada por unanimidad de los miembros del Consejo Escolar en su reunión ordinaria celebrada el día 28 de Junio de 2013, conforme a la modalidad 3.C. Centros que se dispusieran a crear bancos de libros por primera vez siguiendo las prescripciones y protocolo del Programa “Releo”.
El objetivo del Programa es optimizar la utilización de los libros de texto y el material curricular en la etapa de Educación Primaria.
Los libros de texto del banco de libros afectan a los cursos de 3º, 4º, 5º y 6º de la etapa, con la pretensión de poder cederlos al 100% de las familias que los soliciten. Las familias solamente adquirirán los libros de texto o cuadernos de actividades fungibles.
La etapa de Educación Infantil y los cursos 1º y 2º de Educación Primaria no tienen libros de texto depositados o adquiridos por el centro en el banco de libros. Para esta etapa o cursos se podrá adquirir, por el centro, diverso material curricular no fungible.
*Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo, de Educación (artículos 120.2 y 121).
*LOMCE (Modifica el apartado 3 y se añade un nuevo apartado 7 al artículo 121 en su Artículo Único punto setenta y cuatro. Añade un nuevo apartado 8 al artículo 121 en su Artículo Único punto setenta y cinco).
*Orden EDU/519/2014 (Sección 2ª- Planificación y desarrollo, Artículos 15, 16, 17, 18 y 19).
*Decreto 23/2014 (artículo 11)
El proyecto educativo recogerá los valores, los objetivos y las prioridades de actuación. Asimismo, incorporará la concreción del currículo.
Según lo establecido en la legislación citada corresponde al Equipo Directivo la elaboración del proyecto educativo, teniendo en cuenta los objetivos y estrategias de intervención incluidas en el proyecto de dirección y asimismo se tomarán en consideración las propuestas realizadas por el claustro de profesores y el consejo escolar.
El proyecto educativo del centro será aprobado por el Director y evaluado por el consejo escolar.
Las propuestas de modificación del mismo se harán por los órganos competentes, según lo establecido en la legislación vigente, debiendo ser aprobadas en el tercer trimestre del curso y entrarán en vigor al comienzo del curso siguiente. Para modificar el presente proyecto educativo de centro se actuará siguiendo estos pasos:
De todos modos, entendemos que el Proyecto Educativo de Centro es un documento en constante revisión y actualización. Por ello, con carácter anual, al finalizar cada curso académico, todos los sectores de la comunidad educativa deberán revisar el mismo, así como sus anexos, de cara a incluir posibles modificaciones en los cursos siguientes.
DOCUMENTOS y actuaciones |
Elaboración, evaluación y aprobación de las mismas |
MARCO LEGAL
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Proyecto educativo
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Elabora el Equipo Directivo, teniendo en cuenta las propuestas del Claustro de profesores y del Consejo escolar, vinculado al Proyecto de Dirección Lo evalúa el Consejo escolar. Aprueba el Director del centro. |
Art. 15 Orden 519/2014 Art. 11 Decreto 23/2014
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Propuesta curricular
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Directrices de la CCP Elabora el Equipo docente de la etapa. Informa el Consejo escolar. Aprueba el Claustro de profesores. |
Art. 8 y 17 Orden 519/2014
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Programaciones didácticas |
La CCP establece los criterios para su elaboración y evaluación. Elabora el equipo docente de nivel e internivel. Colaboran otros maestros. Aprueba el Claustro de profesores. |
Art. 18 Orden 519/2014 |
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Criterios de pro- moción (Forma parte de la Propuesta cu- rricular) |
Directrices de la CCP. Elabora el Equipo docente de la etapa. Informa el Consejo Escolar. Aprueba el Claustro de profesores. |
Art. 32 Orden 519/2014 |
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Reglamento de Régimen Interior (Forma parte del Proyecto educa- tivo) |
Propuestas del Claustro de profesores y del Consejo Escolar. Elabora el Equipo directivo. Evalúa el Consejo Escolar. Aprueba el Director del centro. |
Art. 30 Orden 29-Junio-1994 Art. 15 y 33_1 Orden 519/2014 Decreto 23/2014 – Disposi- ción final Primera_Siete. |
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Plan de convi- vencia (Forma parte del Proyecto educa- tivo) |
Propuestas del Claustro de profesores y del Consejo Escolar. Elabora el Equipo directivo. Evalúa el Consejo Escolar. Aprueba el Director del centro. |
Art. 15 Orden 519/2014 Decreto 51/2007 Orden EDU/1921/2007 Decreto 23/2014 – Disposi- ción final Primera |
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Programación General Anual |
Propuestas del Claustro de profesores y del Consejo Escolar. Elabora el Equipo directivo. Evalúa el Consejo Escolar y el Claustro de profesores. Aprueba el Director del centro. |
Art. 16 Orden 519/2014 Art. 14 Decreto 23/2014 |
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Memoria final de curso |
Elabora el Equipo directivo con las apor- taciones del Claustro y del Consejo sobre la evaluación del grado de cumplimiento de la PGA. Aprueba el Director del centro. |
Art. 16.3 Orden 519/2014 |
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Proyectos de Autonomía |
El procedimiento lo establece el artículo 55 de la Orden 519/2014 Autorización de la Administración educa- tiva. Propuesto por el Claustro de profesores. Evaluado por el Consejo Escolar. Aprobado por el Director del centro. |
Art. 52, 53, 54, 55 y 56 Orden 519/2014 Art. 10 Decreto 23/2014 |
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Plan de Acción tutorial (Forma parte del Proyec- to educativo)
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Participan los tutores en el desarrollo del Plan y en las actividades de orientación, bajo la coordinación del Jefe de estudios y pueden contar con la colaboración del orientador del centro. |
Art.20 y 21 Orden 519/2014 Art. 51.2 Orden 519/2014 |
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Plan de atención a la diversidad (Forma parte del Proyecto educa- tivo) |
Elabora, coordina y dinamiza el Equipo directivo, con la participación de todo el Claustro y el asesoramiento del Orientador que atiende al centro. |
Sección 2ª .-Atención a la diversidad Art. 22, 23, 24, 25 y 26 Orden 519/2014 Art. 2 y 3 Decreto 23/2014 |
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Plan de evalua- ción del proceso de enseñanza y de la práctica docente (Forma parte del Proyec- to educativo) |
Directrices de la CCP Elabora el Equipo docente de la etapa. Informa el Consejo escolar. Aprueba el Claustro de profesores. |
Art. 18.6 Orden 519/2014 Art. 28 Orden 519/2014 |
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Formalización de acuerdos entre el centro y las familias (Forma parte del Proyecto educativo) |
Elabora el Equipo Directivo. Evalúa el Consejo Escolar. Aprueba el Claustro de profesores. |
Art. 50 Orden 519/2014 Art. 7, 8 y 9 Decreto 23/2014
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Participación de la Comunidad Educativa y otras instituciones (Forma parte del Proyecto educativo) |
Promueve el Director del centro. Colaboran los tutores. |
Art. 50 y 51 Orden 519/2014 Art. 4, 7, 8 y 9 Decreto 23/2014 Decreto 51/2007 |
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Información a las familias al inicio de curso |
El procedimiento lo establece el centro.
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Art. 33.2 Orden 519/2014 |
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*EVALUACIÓN: Inicial Sesiones (3)
*Evaluaciones individualizadas
*Aclaraciones y reclamaciones |
*Cada tutor levantará un Acta de la evaluación inicial y de cada una de las tres sesiones de evaluación. Actas y Boletines de información a las familias de las sesiones de evaluación son diseñados por el centro o proporcionadas por el Programa Colegios. *Dispone la Consejería de Educación (en 3º y 6º cursos de educación primaria). El nivel se refleja en un Informe. *El Equipo directivo establece los días e informa a los padres. |
*Art. 27.4 Orden 519/2014
*Art. 31 Orden 519/2014
*Art. 35, 36 y 37 Orden 519/2014 |
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APROBACIÓN DEL PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO | El Director del Centro | Fecha: 30 de Junio de 2015 |